Micelio
Auto24 de marzo de 1998

A- de 1998

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Kiril Dimitrov Grozdonov·Demandado Colcultura Y Otro

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó poner en conocimiento a un tercero interesado en la decisión judicial sobre la existencia de la nulidad derivada de no habérsele notificado la iniciación de la acción, a fin de que diga si allana o no la nulidad.

Se le concedieron tres días para este trámite, de manera que la Corte pueda continuar con el proceso.

Por lo anterior, esta Corporación argumentó que ha sido doctrina reiterada que se debe notificar la iniciación del proceso, a quienes puedan verse afectados por las decisiones que en él se adopten, así no fueren indicados en la solicitud.

Si no se efectúa la notificación, se incurre en nulidad, que puede ser allanada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. 1) Poner en conocimiento de Jorge Ernesto Ariza Trujillo la existencia de la nulidad derivada de no habérsele notificado la iniciación de la acción, a fin de que diga si allana o no la nulidad. Si en el término de los tres (3) días siguientes a la fecha en que se le notifique este auto de la Corte Constitucional por parte del Tribunal de primera instancia, no alega la nulidad, se entiende que queda saneada y el expediente regresará a la Corporación para continuar con el trámite.
  2. Si no es saneada la nulidad, se declarará por el juez de primera instancia a partir del auto del 20 de agosto de 1997, y se harán todas la notificaciones.
  3. 2) Remitir el expediente al Tribunal de origen para los efectos pertinentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.